¿Otra vez subió el Avalúo de tu Propiedad?

Cada vez que el SII avalúa tu propiedad, sube el valor de tus contribuciones por los próximos 4 años.

Te ayudo a frenar el alza de tus contribuciones mediante una acción legal.

Lo que debes saber sobre el Reavalúo Fiscal

Cada 4 años, el SII modifica unilateralmente el avalúo de tu propiedad.

Cuando eres notificado del reavalúo, tienes un breve plazo para reclamar.

Si no reclamas, aceptas el Alza de tus contribuciones para los próximos 4 años.

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Te defendemos ante el SII y Tribunales, contra el Alza del impuesto territorial.

Mediante distintos procesos que establece la ley, logramos una defensa técnica a la medida.

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Preguntas Frecuentes

Aprende más sobre
Reavalúo Fiscal

Es el proceso de actualización masiva y simultánea de los valores de terreno y construcciones de todo el país, y su aplicación a los bienes raíces para determinar su avalúo fiscal, reflejando las plusvalías o minusvalías que han experimentado durante un período de tiempo.

El SII es quien fija el valor de las contribuciones mediante el proceso de reavalúo que se realiza cada 4 años.

Es un impuesto de recaudación municipal que se aplica sobre la ocupación de bienes inmuebles, cuya tasa depende de la ubicación y el tipo de propiedad.

El detalle del Alza del Reavalúo se comunica mediante una carta que es remitida al correo electrónico del propietario o representante, o notificada a la dirección del inmueble objeto del Alza.

Si bien es un proceso público, la fórmula como los factores que determinan las variables de cálculo no son del todo conocidas.

Muchas veces el Alza no obedece a una fundamentación lógica, jurídica y aritmética necesarias para su aplicación. Esto también se correlaciona con una falta de fundamentación necesaria para dar valides al acto administrativo del SII.

Perderías la posibilidad de configurar una defensa según lo establece la ley y aceptas el Alza de tus contribuciones para los próximos 4 años.

  • Errores en la determinación de la superficie de los terrenos o construcciones.
  • Aplicación errónea de las tablas de clasificación de las construcciones y de los terrenos en la propiedad o en una parte de ella.
  • Errores de transcripción, de copia o de cálculo.

Los propietarios o sus representantes legales, pueden presentar un Recurso de Reposición Administrativa ante el SII, o reclamar en contra de los nuevos avalúos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros, dentro de los plazos legales.

¿Aún tienes dudas? Cuéntanos, ¿Cómo podemos ayudarte?

Leemos todas las preguntas que recibimos y las respondemos con mucho cariño.

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